LA POLITICA



 

 

 





 

 




 

Nuestra política en honorarios profesionales tiene su principio de actuación en la calidad del servicio que ofrecemos, en todas sus manifestaciones posibles, junto con el ajuste máximo posible de la minuta a la TABLA ORIENTADORA DE HONORARIOS DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE MADRID.

SAN QUINTÍN ABOGADOS ofrece la garantía de poner al servicio del cliente los mejores profesionales posibles, para, en consecuencia, lograr a través de sus conocimientos la mejor resolución de sus intereses. Su beneficio es nuestro beneficio, y su ahorro, nuestro ahorro, porque entendemos que nuestro Servicio Jurídico no debe constituir un coste más de su economía a corto o largo plazo, sino una inversión en planificación y ahorro, puesto que ponemos a su disposición todos los medios y conocimientos posibles para que el resultado final del trabajo de nuestros profesionales sea satisfactorio para el Cliente, y cumpla sus expectativas y objetivos.



En consecuencia, la remuneración está ligada tanto a la categoría de los profesionales que integran el despacho, como a la dificultad, tiempo y esfuerzo que se requiera para una perfecta defensa de los intereses encomendados, una vez evaluado el caso concreto por nuestro equipo de profesionales asignados para cada supuesto práctico. Además, el Despacho consensua con el cliente la minuta, adaptándose en la medida de lo posible a los HONORARIOS MÍNIMOS que establece la referida Tabla orientadora. De este modo, ofrecemos al cliente la posibilidad de comprobación de los honorarios que fije el Despacho para el caso concreto, con los que estable la Norma orientadora de Honorarios para dicho supuesto, y ver el ajuste máximo que el Despacho se comprometa hacer a dicha norma orientadora, en beneficio del cliente.


Además, y derivado de lo anterior, tenemos como norma el informar al cliente desde el principio, y sin compromiso alguno, de los costes aproximados que supondrían los servicios profesionales del Despacho, en relación con lo anteriormente dicho, así como las probabilidades existentes de ahorrase el pago de honorarios por una posible condena en costas a la parte contraria, en función de las características del caso que se nos plantee, así como de las posibilidades y tiempo de pago de la minuta, según las particularidades de la situación específica y del cliente, con el propósito de que este no renuncie a su legítima pretensión, por no poder hacer frente a determinados pagos desde el principio. Por ello, la Provisión de fondos de cada caso concreto se pacta con el cliente, en virtud de todas las características evaluadas en su conjunto, y otorgando al cliente la máxima flexibilidad en el pago.


En definitiva, entendemos que, a diferencia de otros Despachos de análogo nivel, nuestra política de honorarios no constituye ningún obstáculo para que el cliente nos otorgue su confianza en la defensa y asesoramiento de sus intereses, considerando que es más bien al contrario, ya que ofrecemos calidad máxima de servicio, y al menor coste posible. Este es sin duda nuestro firme compromiso de presente y futuro, y del que estamos seguros, deriva buena parte del éxito que afortunadamente, hoy por hoy, tiene SAN QUINTÍN ABOGADOS.